Las voluntades vitales anticipadas: algo más que un derecho. (y II)

Las voluntades vitales anticipadas: algo más que un derecho. (y II)

para Bioéticas por JM Yagüe.

Tras un ligero espacio de paz y sosiego, vuelvo a escribir en esta revista de interés profesional.

Inicio esta nueva singladura donde la dejé, valorando el significado del documento de voluntades vitales anticipadas o instrucciones previas. Quizás lo más valioso de esto no sea por sí sola la firma reglada y la realización de las voluntades, sino la verdadera planificación de estas. La planificación anticipada es un proceso voluntario de comunicación y deliberación entre una persona capaz y los profesionales sanitarios que están implicados en su atención, respecto a los valores, deseos y preferencias en los momentos finales de la vida.

En mi experiencia debo reconocer que encuentro significativas barreras para poder trasmitir la verdadera intención del documento, cuando no existe información previa al respecto.

Tres grandes bloques se deben de explicar al otorgante: los valores que convienen tener en cuenta en la fase final de la vida, situaciones clínicas donde se aplicaran este documento y las indicaciones que desee el otorgante se reciban o no en las distintas actuaciones sanitarias. Los valores suelen ser las preferencias que el ciudadano quiera que se realice cuando no pueda expresar su voluntad, propias de una situación en estado terminal. Así como las situaciones clínicas (enfermedades) donde se abrirá este documento, recordando que solo cuando el paciente este en un estado de inconsciencia por enfermedad grave e irreversible se debe recurrir a la apertura y visionado de este. Para terminar, las indicaciones vienen determinadas por actuaciones generales de la práctica diaria, desde la transfusión de sangre, todo tipo de nutrición, pasando por técnicas invasivas. Dejo por último la sedación paliativa, donde la inmensa mayoría de los ciudadanos recogen su deseo de recibir.

Las necesarias explicaciones al respecto serían fácilmente salvables si se realiza una planificación anticipada de estas voluntades, donde el otorgante ya sabe a qué viene, llega “con la lección aprendida” al punto de registro según sus particularidades. Conoce a la perfección la utilidad del documento y tiene planteado su futuro de forma clara.

Tener que explicar estos conceptos donde las emociones y sentimientos juegan un papel crucial, es tarea difícil; no se trata de rellenar un formulario sino de planificar el final de la vida.

Por esta razón es de vital importancia que, los profesionales de la salud que atendamos a pacientes, seamos conscientes de la necesidad de facilitar la elaboración de este documento con una buena planificación.  Sería muy valioso para el futuro. Se impedirán problemas de atención entre el circuito asistencial y los familiares.

Quiero expresar mi satisfacción como registrador de Voluntades Vitales, ya que me está aportando un enriquecimiento profesional y personal que no podía imaginar. Que el ciudadano confíe en tu labor me parece una gratificación engrandecida. Termino recordando que se trata de algo más que un derecho, es el reconocimiento a morir dignamente. Saludos bioéticos,